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UE sí puede extraditar a pedidos por EE.UU.,en algunos casos

10 de abril de 2018

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) decretó que un Estado miembro no está siempre obligado a aplicar la prohibición de extradición a Estados Unidos que vale para nacionales.

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Imagen: picture-alliance/dpa/o. Hoslet

En una sentencia publicada este martes 10 de abril, la corte con sede en Luxemburgo precisó, sin embargo, que antes de extraditar a dicho ciudadano, el Estado miembro requerido debe permitir que el país de origen de un individuo concreto pueda reclamarlo en el marco de una orden de detención europea.

El TJUE se pronunció en ese sentido en el caso de un nacional italiano acusado en los Estados Unidos de haber participado en concertaciones contrarias a la competencia en el ámbito de la venta de mangueras marinas.

Esta persona fue detenida en Alemania durante una escala de su vuelo procedente de Nigeria con destino a Italia y sobre la base del acuerdo de extradición entre los Veintiocho y Estados Unidos fue entregada a las autoridades del país norteamericano, donde posteriormente fue condenada a una multa y a una pena de prisión de dos años.

Alemania sí puede extraditar a extranjeros a EE.UU.

No obstante, el ciudadano presentó un recurso ante el Tribunal Regional de lo Civil y Penal de Berlín para que Alemania abonara una indemnización por daños y perjuicios.

En su sentencia, la corte declaró que la situación de este ciudadano está comprendida en el ámbito de aplicación del Derecho de la Unión. Para el tribunal, el individuo ejerció su derecho a circular libremente en la Unión al hacer escala en Alemania y, de hecho, calificó de "irrelevante" que cuando fue detenido el nacional italiano se hallase de tránsito en territorio germano.

La corte añadió que en ese caso el derecho comunitario no se opone a que el país requerido (Alemania) establezca una distinción "basándose en una norma de Derecho constitucional" entre sus nacionales y los nacionales de otros Estados miembros y autorice la extradición, pese a que prohíba la de sus propios nacionales.

El Tribunal de Justicia señaló, además, que el acuerdo entre Bruselas y Washington permite que un Estado miembro reserve un trato especial a sus nacionales.

JOV (efe, curia.europa)