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Nebulosa pugna por los derechos de imagen

Jaime Campoamor10 de septiembre de 2015

El Tribunal de Justicia de la UE desestima una demanda interpuesta contra la CE, en la que se reclamaba la utilización no autorizada de una fotografía de un fallecido. La CE alega que no se trata de la misma persona.

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Imagen: picture-alliance/dpa

Una fotografía impresa en una cajetilla de cigarrillos advierte a los consumidores que fumar acorta la vida. Por casualidad, el paquete cae en las manos de una señora que cree reconocer en él a su difunto esposo -supuestamente, la persona que aparece en la cajetilla de la izquierda-. Sorprendida e indignada por la presunta utilización de la imagen de su marido sin su consentimiento, decide interponer una demanda contra los autores de la campaña publicitaria. Su nombre es Ana Pérez Gutiérrez, una mujer de nacionalidad española cuyo esposo, Patrick Jacquemyn, de nacionalidad belga, falleció el 10 de diciembre de 2010 en el Instituto Valenciano de Oncología. Entre las causas directas de su muerte figuraba el tabaquismo.

Dos años después, la mujer decide demandar a la Comisión Europea (CE), organismo encargado de proponer las fotografías para las advertencias sanitarias que deben figurar en los paquetes de cigarrillos que se comercializan en la Unión Europea. Según la señora Pérez Gutiérrez, durante la supuesta fecha –entre el 21 de junio y el 16 de agosto de 2002- en la que cree que se tomó la fotografía de su marido en el Hospital de Barcelona, el señor Jacquemyn no firmó autorización alguna para la utilización de su imagen.

Para apoyar su acusación, la esposa presentó como testigos a varias personas –entre ellos un amigo, un vecino del fallecido, y uno de los médicos que le atendió años antes de su fallecimiento en el Hospital de Barcelona- que, al igual que ella, creyeron reconocer sus rasgos en las cajetillas de tabaco. Además, como compensación por los daños y perjuicios causados, la demandante solicitó al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que declarase la existencia de intromisión en el derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen de su marido por parte de la UE mediante el uso no autorizado de la fotografía. Asimismo, reclamó el cese inmediato de su utilización y una compensación económica de 13.790.000 euros, a razón de un céntimo de euro por cada cajetilla vendida en España, Alemania, Francia y Bélgica.

Symbolbild Urteil Weservertiefung Europäischer Gerichtshof
Sede del Tribunal de Justicia de la UE en Luxemburgo.Imagen: picture-alliance/dpa/T.Frey

¿Acusaciones infundadas?

La CE, por su parte, solicitó al Tribunal que desestimase el recurso por infundado, y que condenase a la demandante a pagar las costas y gastos del proceso. Para ello, presentó pruebas que demostraban que la imagen pertenecía a la biblioteca electrónica relativa a la aproximación de las disposiciones de los Estados miembros en materia de fabricación, presentación y venta de los productos del tabaco. Así, además de confirmar que la persona que aparece en las cajetillas de tabaco no era Patrick Jacquemyn, la CE aportó unas fotografías del supuesto modelo -cuyo nombre no figura en los documentos por razones de protección de datos- y aseguró que fueron tomadas en 2004 en el AZ VUB Hospital de Bruselas.

Hoy, 9 de septiembre de 2015, el TJUE ha decidido desestimar el recurso interpuesto por la señora Pérez Gutiérrez y la ha condenado a pagar las costas del proceso. El letrado de la demandante, el abogado de Privacidad Digital Jesús Soler, considera arbitraria la decisión y cree que las pruebas presentadas por la acusación eran más consistentes que las de la defensa. Y es que según él, en los documentos aportados por la CE no figuraban ni el nombre del modelo de la foto, ni el de la agencia de publicidad alemana que realizó las fotografías, por lo que no hay forma de comprobar la veracidad de las pruebas. Por el contrario, la acusación presentó los testimonios anteriormente citados y un informe pericial que corroboraba la identidad del supuesto fotografiado.

EU Kombinierte Warnhinweise Tabak Konsum Spanien
Tras años de litigios, el TJUE ha decidido que el modelo de la imagen no corresponde al marido de la demandante.Imagen: European Commission

Casos similares

Los casos relacionados con el uso no autorizado de imágenes suelen ser más habituales en la prensa del corazón. Personajes famosos como Carolina de Mónaco o los Duques de Cambridge han denunciado en numerosas ocasiones la persecución a la que se ven sometidos por los paparazzi, a quienes acusan, por ejemplo, de intentar captar imágenes no autorizadas de sus hijos.

Algo similar están sufriendo los actores George Clooney y Julia Roberts. Durante la última semana, ambos actores han puesto una demanda ante la Corte Superior de Los Ángeles, en California, en contra de las compañías audiovisuales Beyond Audio y Digital Projection por utilizar fotografías suyas y sus nombres en campañas publicitarias.

La solución más acertada

Quien sí sabía lo que podía valer su imagen incluso después de muerto era el actor Robin Williams. El protagonista de películas como El club de los poetas muertos o La señora Doubtfire cedió todos sus derechos a la fundación benéfica Windfall. Por lo tanto, durante los próximos 25 años, nadie a excepción de Windfall podrá utilizar su imagen.