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UE rechaza pruebas de orientación sexual para refugiados

25 de enero de 2018

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Grenze Ungarn - Österreich 2015, Hand von Flüchtling
Imagen: picture-alliance/dpa/Tatif/Wostok Press/Maxppp Hongrie

Los solicitantes de asilo en la Unión Europea (UE) no pueden ser sometidos a pruebas psicológicas para determinar su orientación sexual, según determinó hoy el Tribunal de Justicia de la UE, con sede en Luxemburgo.

Se trata del caso de un hombre nigeriano que pidió asilo en Hungría en 2015, alegando que es homosexual y teme ser perseguido en su país. Las autoridades húngaras rechazaron su petición argumentando que la evaluación psicológica no confirmó su orientación sexual. El hombre apeló la decisión y el caso fue elevado al Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Los jueces decidieron hoy que realizar ese tipo de pruebas sobre orientación sexual "interfiere con el el derecho de la persona a que se respete su vida privada". En ausencia de evidencias documentales, las autoridades nacionales pueden confiar en la "consistencia y credibilidad" de las declaraciones del solicitante de asilo, señala la sentencia.

La decisión final en este caso depende ahora de los tribunales húngaros. Las cuestiones relacionadas con los refugiados son sensibles en la UE desde la crisis migratoria de los últimos años, sobre todo desde Siria y otros países de Cercano Oriente. Varios países del bloque se niegan a recibir refugiados y se vivió un auge de los movimientos ultraderechistas. dpa