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Supremo de Chile aprueba cambio de nombre y sexo sin cirugía

30 de mayo de 2018

El alto tribunal se remite a las obligaciones internacionales contraídas por Chile para dictar esta sentencia a favor de los derechos humanos de las personas trans.

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Gay Pride Fahne
Imagen: picture alliance / AFP Creative

La Corte Suprema de Chile dio este miércoles (30.05.2018) luz verde al cambio de nombre y sexo registral de las personas transexuales y transgénero "sin ser necesaria alguna intervención quirúrgica", conforme lo disponen tratados internacionales vigentes que el país ha ratificado, informaron fuentes judiciales.

El fallo de mayoría (4-1) de la IV Sala del máximo tribunal chileno, revocó una resolución anterior de la Corte de Apelaciones de Santiago, que había rechazado un recurso presentado por una persona transexual, cuya identidad se mantiene en reserva en el texto de la sentencia.

Según la Corte Suprema, si bien la legislación chilena no regula el cambio de sexo registral para las personas trans, los principios internacionales en materia de derechos humanos sí, lo cual faculta a los jueces a realizar el cambio. "El Estado de Chile se ha obligado, a través de la ratificación de distintos tratados de derechos humanos, con la no discriminación y la garantía de los derechos humanos para todas las personas", subraya.

La sentencia agrega que estas obligaciones vinculan a todos los órganos del Estado, y que "el ejercicio de la soberanía reconoce como limitación el respeto a los derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana".

La obligación internacional de prohibir la discriminación

La Corte Suprema recuerda asimismo que "las obligaciones internacionales que Chile ha contraído abarcan la prohibición de discriminación por identidad de género, incluyendo el derecho a la salud, integridad física y psíquica y la privacidad". En consecuencia, señala el fallo en su parte resolutiva, "el Estado deberá facilitar el cambio de nombre y sexo registral, sin condicionamiento a una intervención quirúrgica o un tratamiento hormonal", señala el fallo en su parte resolutiva.

El alto tribunal subraya que "lo anterior es plenamente concordante con jurisprudencia reciente del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que declaró que la exigencia de someterse a intervenciones quirúrgicas o tratamiento esterilizador, como requisito para reconocer la identidad de género, viola el derecho a la vida privada y familiar".

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La sentencia supone una importante victoria judicial para la comunidad LGBTI (lesbianas, gais, bisexuales, trans e intersexuales), que sufren diferentes formas de discriminación y violencia en muchas partes de América Latina y de todo el mundo. El colectivo trans es particularmente vulnerable y se calcula que su esperanza de vida en el continente latinoamericano ronda los 35 años.

En el Parlamento chileno se debaten actualmente diversos proyectos relacionados con los derechos de las minorías sexuales, entre ellos uno sobre identidad de género, para permitir el cambio de nombre y de sexo registral; y otro que propone abrir el derecho de adopción a parejas del mismo sexo.

EAL (efe, biobiochile.cl)

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